Gastos generales y desarrollo de la Academia de folclore y jota de Aragón
-
No establecido
Objetivo de financiación -
1,734.00€
Fondos recaudados -
La campaña no termina nunca
Método de fin de campaña
Sobre el proyecto
Fines de la Academia de las artes del Folclore y de la jota de Aragón.
- Fomentar el progreso de las artes del folclore y la jota de Aragón.
- Promover la asistencia y el intercambio de información artística y técnica entre
todos sus miembros. - Realizar estudios y trabajos sobre cuestiones relacionadas con el folclore y la jota
y artes afines. - Facilitar a la Administración Pública, los informes que sobre materias
relacionadas con el folclore y la jota le sean solicitados, así como proponer a la
misma las iniciativas que la academia estime oportunas. - Editar y difundir los estudios, artísticos y técnicos que el Consejo Directivo estime
convenientes. - Promover la investigación en materia de folclore y jota de Aragón.
- Establecer intercambios, artísticos y culturales con entidades similares
nacionales y extranjeras. - Procurar el desarrollo y perfeccionamiento de las distintas especialidades
relacionadas con el folclore y la jota, fomentar el intercambio de experiencias
entre sus miembros, coordinar los diferentes aspectos de su actuación y analizar
y resolver problemas comunes. - Conceder premios anuales a los mejores de cada especialidad, también a
trabajos sobre temas de investigación y becas para la ampliación de estudios
relacionados con el folclore y la jota, tanto en España como en el extranjero.
1 Los fines de la Academia de las Artes del Folclore y de la Jota de Aragón están contemplados en el
artículo 3 de los Estatutos fundacionales.
➢ Cualquier otra actividad tendente a elevar el nivel artístico, técnico de sus
miembros, y estimular la conciencia de los ciudadanos, dando a las artes del
folclore y la jota, el nivel artístico que merecen, con la constructiva colaboración
entre la Administración Pública y las personas relacionadas con el folclore y la
jota.
La Academia será independiente de cualquier grupo corporativo, ideológico o político.
Siendo la cultura una materia de competencia compartida entre el Estado y las
Comunidades autónomas tal y como señala el art. 149.2 de la Constitución – «el Estado
considerará el servicio de la cultura como un deber y atribución esencial»2
– y, a su vez,
una competencia exclusiva de Comunidad Autónoma de Aragón a la luz del art. 71.43ª –
«Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en las siguientes
materias: 43.ª Cultura, con especial atención a las manifestaciones peculiares de
Aragón»3
-, lo cierto es que ante el vacío jurídico y la ausencia de políticas a favor de la
preservación nuestro patrimonio cultural, un grupo de profesionales vinculados a esta
manifestación artística y cultural pensamos que era el momento para sentar las bases
de un nuevo proyecto que proteja nuestro folclore autóctono y nuestra celebérrima
jota.
De esta manera, entendemos que la fundación de la Academia de las Artes del Folclore
y de la Jota de Aragón debe ser un pilar esencial para fomentar el futuro para las
próximas generaciones, apoyar el presente de los profesionales que actualmente están
vinculados a estas manifestaciones culturales y artísticas, y preservar el rico legado que
hemos recibido de nuestros mayores.
Cuadro resumen deducciones donantes IRPF
Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas | Deducción |
Primeros 250 € | 80 % |
Donaciones a partir de 250 € | 40 % |
Donaciones plurianuales mantenidas durante los 2 años inmediatos anteriores, por igual importe o superior y a la misma entidad | 45 % |
Deducción máxima. Porcentaje sobre la base liquidable de IRPF | 10 % |
Cuadro resumen deducciones donantes IS
Impuesto de sociedades | Deducción |
Donaciones en General | 40 % |
Donaciones plurianuales mantenidas durante los 2 años inmediatamente anteriores, por igual importe o superior y a la misma entidad | 50 % |
Deducción máxima. Porcentaje sobre la base imponible | 15% |
¿Qué incentivos fiscales hay para las donaciones realizadas por personas físicas?
Micro mecenazgo: los primeros 250 euros donados tienen una deducción del 80 % en la cuota íntegra del IRPF. Lo que exceda de 250 euros tiene una deducción del 40% en la cuota.
Fidelización: en las donaciones se pondrá aplicar una deducción del 45 % (en vez del 40 % general) siempre que se hayan efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores. La deducción tiene un límite del 15% de la base liquidable en el IRPF.
La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable del periodo impositivo
¿Qué incentivos fiscales hay para las donaciones realizadas por personas jurídicas?
La cantidad donada tiene una deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades del 40%.
Fidelización en las donaciones: se podrá aplicar una deducción del 50% (en vez del 40% general) siempre que se hayan efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores.
La deducción tiene un límite del 15% de la base imponible del periodo impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.
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